El Supervisor de Seguridad, es un integrante del sistema de seguridad privada, cuyas labores y funciones son la súper vigilancia y control de los agentes del sistema de seguridad privada que se encuentren bajo su subordinación; así como, los elementos de seguridad otorgados a cada uno de estos y los equipos de seguridad que resguarden las instalaciones de la empresa en la que prestan servicios de seguridad privada.

Antecedentes Académicos: (Art. Quinto N° 3 de Reglamento D/S 867) Acreditar con Certificado o Licencia de Enseñanza Media o su equivalente, haberla cursado y aprobado. – Además, acreditar algunos de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de un Curso para desarrollar labores de supervisión y control en seguridad privada, de una duración igual o superior a 120 horas académicas.
b) Si cuenta con un curso de formación para guardias de seguridad (90 horas), se le exigirá un curso de 30 horas propias a la labor de supervisión y control en seguridad privada.
c) Si cuenta con un curso de formación para vigilantes privados (100 horas), se le exigirá un curso de 20 horas propios a la labor de supervisión y control en seguridad privada.
d) Si posee un título técnico de nivel superior (mínimo cuatro semestres), se le exigirá un curso de 30 horas propios a la labor de supervisión y control en seguridad privada.
e) Si posee un título profesional (mínimo ocho semestres), se le exigirá un curso de 20 horas propios a la labor de supervisión y control en seguridad privada.
f) Personal en Situación de Retiro (20 o más años), sin distinción de jerarquía: FF. AA, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y Gendarmería: Curso de 30 horas propios a la labor de supervisión y control en Seguridad Privada.
g) Ex miembros de las FF.AA., Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y Gendarmería con menos de 20 años: exigencias: de la letra a) a la e) de este documento según corresponda.

En caso de Extranjeros: Para acreditar la validación de sus estudios equivalentes a la enseñanza media o profesional, debe hacerlo, mediante el certificado de estudios debidamente legalizado por el Ministerio de Educación o la Autoridad competente del País donde se realizaron los estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Embajada o Consulado de Chile en el respectivo País. Para la homologación, de Títulos deberá hacerlo en la Universidad de Chile. (Documento debe ser protocolizado. De acuerdo a la Convención de la Haya del 5 de octubre del 1961.)

HORARIO DE ATENCIÓN:

Lunes a Viernes de 09:30 a 17:30 horas.

TELÉFONO:

N° DE CELULAR:

DIRECCIÓN:

Av. Manuel Montt 1842, Providencia, Santiago.